[Lista ArNOG] Neutralidad de Red

Pablo Fritz pablo.fritz en nap.cabase.org.ar
Vie Jun 8 13:13:10 ART 2018


Ahh,
es que el tema de neutralidad tiene diferentes aspectos, mas alla de la 
reglamentacion.
A mi, en forma personal, lo unico que me interesa es que un isp no baje 
la calidad de nadie a proposito, exigiendo al proveedor de contenido que 
pague para que su contenido salga.
Respecto de esto que mencionas, al margen de la reglamentacion, es algo 
logico. Si tenes un cache o server en tus instalaciones, y el trafico 
entre tus clientes y ese server no te cuesta nada, no veo mal que se lo 
bonifiques a tus clientes, o sea que les cobres menos si tus costos son 
inferiores. Repito, eso es sin tener en cuenta si el estado se entromete 
en tus negocios o no.
Whatsapp sale desde un server que tiene enlace local al isp, que puede 
ser pago o no, en el caso de Cabase, el costo lo pagan ellos. Netflix 
sale de un server que hay que cargar, con lo cual tiene un costo pero 
menos que el de un contenido internacional, supongo que Flow tambien 
sale de servers locales, etc.
Salduos,
Pablo.

On 6/8/18 1:01 PM, Eduardo Tealdi Saad wrote:
>
> Pablo:
>
> Marcelo lo esta diciendo por  "Fijar el precio de acceso a Internet en 
> virtud de los contenidos"
> En este caso Personal esta fijando el precio en $0 para el contenido 
> de FLOW. pero cobra el trafico a Netflix, HBO, etc.
> Algo similar sucede con Whatapps, si no te cobran el trafico de un 
> servicio o aplicación lo están favoreciendo y perjudicando a los 
> compiten con el mismo.
>
>
> Saludos Eduardo
>
>
> ------------------------------------------------------------------------
>
> *Eduardo Tealdi Saad*
> Administrador de Red
>
> +54 (220) 499-8100 Int.120
> +549 (221) 643-4291
> eduardots en amc.com.ar <mailto:eduardots en amc.com.ar>
> 	Cooperativa Mariano Acosta 	*Cooperativa Mariano Acosta*
>
> Superi 660 - C.P.: 1723
> Mariano Acosta, Bs.As.
> +54 (220) 499-8100
> www.marianoacosta.coop
>
>
>
> El 8/6/2018 a las 12:19, Pablo Fritz escribió:
>> Tengo entendido que puedo ver el contenido de FLOW desde cualquier pc 
>> en cualquier IP. No hice la prueba. Si es asi, flow no tendria nada 
>> que ver con neutralidad.
>> Saludos,
>> Pablo.
>>
>> On 6/8/18 11:54 AM, Marcelo Cancer wrote:
>>>
>>> Buenas! Retomo este tema para consultar: la neutralidad de la red en 
>>> el país ya es, de facto, cosa del pasado no?
>>>
>>> Me parece que este es un caso cercano a los que mencionaba Esteban 
>>> en diciembre pasado: "casos en los cuales se cuenta con toda la 
>>> cadena de prestación del servicio"
>>>
>>> Un camino al consumo de los partidos del mundial todo bajo el mismo 
>>> grupo empresario:
>>> - G. Clarín (fusión) Telecom> Personal -  datos móviles.
>>> - G. Clarin> Cablevisión Fibertel -  FLOW
>>> - G. Clarin> Artear->TyC Sports> Torneos - Derechos de televisación 
>>> de partidos.
>>>
>>> Es tan así o le estoy pifiando en algo? Es tan grave como me parece 
>>> o no es para tanto? En fin, más allá de eso, hay normativa vigente 
>>> sobre neutralidad de la red:
>>>
>>>> ARTÍCULO 57. —Neutralidad de red. Prohibiciones. Los prestadores de 
>>>> Servicios de TIC no podrán:
>>>>
>>>> a) Bloquear, interferir, discriminar, entorpecer, degradar o 
>>>> restringir la utilización, envío, recepción, ofrecimiento o acceso 
>>>> a cualquier contenido, aplicación, servicio o protocolo salvo orden 
>>>> judicial o expresa solicitud del usuario.
>>>>
>>>> b) Fijar el precio de acceso a Internet en virtud de los 
>>>> contenidos, servicios, protocolos o aplicaciones que vayan a ser 
>>>> utilizados u ofrecidos a través de los respectivos contratos.
>>>>
>>>> c) Limitar arbitrariamente el derecho de un usuario a utilizar 
>>>> cualquier hardware o software para acceder a Internet, siempre que 
>>>> los mismos no dañen o perjudiquen la red.
>>> No corresponde al ENACOM hacer algo?
>>>
>>> Saludos,
>>> Marcelo Cáncer
>>> Innovared.
>>>
>>> El 15/12/2017 a las 08:45 p.m., Esteban Carisimo escribió:
>>>>
>>>> Hernán,
>>>>
>>>> Muy interesante nota, y aplaudo el hecho que desde la comunidad 
>>>> técnica le expliquemos a la sociedad de que se trata todo esto.
>>>>
>>>> Coincido plenamente con vos en la pregunta que esta en negrita en 
>>>> el artículo:
>>>>
>>>> *¿Qué pasaría si los grandes carriers que poseen sus propios 
>>>> servicios de OTT buscan, a través de mecanismos permitidos, 
>>>> minimizar la participación de los Netflix en sus extensas áreas de 
>>>> cobertura?*
>>>>
>>>> Acá la gran cuestión se dirime a través del combo Neturalidad de la 
>>>> red e integración vertical (casos en los cuales se cuenta con toda 
>>>> la cadena de prestación del servicio). La fusión AT&T DirecTV abre 
>>>> un gran interrogante sobre esto.
>>>>
>>>> Saludos para todos y buen fin de semana!
>>>> Esteban Carisimo
>>>> Temporarily Visiting Graduate Student at CAIDA
>>>> PhD student at CoNexDat (UBA-CONICET)
>>>> http://cnet.fi.uba.ar/esteban_carisimo/en
>>>> El 15/12/17 a las 15:01, Hernan Arcidiacono escribió:
>>>>> Lo que pude aportar. Slds.
>>>>>
>>>>> http://www.canal-ar.com.ar/25307-Cambios-sobre-de-la-Neutralidad-de-la-Red-quienes-son-los-ganadores-y-perdedores.html
>>>>>
>>>>>
>>>>> El 30 nov. 2017 15:46, "Leandro Rios" <leandrop.rios en gmail.com 
>>>>> <mailto:leandrop.rios en gmail.com>> escribió:
>>>>>
>>>>>     Buenas tardes,
>>>>>
>>>>>     Seria interesante armar un espacio de intercambio de ideas e
>>>>>     informacion con respecto a este tema.
>>>>>
>>>>>     No a todos el mundo le afecta de la misma manera la
>>>>>     neutralidad de la red y de ahi las distintas posturas con
>>>>>     respecto a esta.
>>>>>
>>>>>     Saludos
>>>>>
>>>>>     Leandro
>>>>>
>>>>>     El 30 de noviembre de 2017, 11:04, Fernando Gont
>>>>>     <fernando en gont.com.ar <mailto:fernando en gont.com.ar>> escribió:
>>>>>
>>>>>         On 11/29/2017 10:47 PM, Hernan Arcidiacono wrote:
>>>>>         > Como bien decis, si bien el alcance es de US, es un mal
>>>>>         precedente.
>>>>>         >
>>>>>         > Imagino que un rato después empezará de nuevo la
>>>>>         discusión en otras
>>>>>         > latitudes. Algunas de esas discusiones son hasta muy
>>>>>         lógicas. En
>>>>>         > Alemania poco más de un año atrás discutían si no debían
>>>>>         priorizar las
>>>>>         > aplicaciones médicas sobre Internet por sobre el resto.
>>>>>         >
>>>>>         > La macana es que atrás de esta lógica viene el paquete
>>>>>         que te cobro más
>>>>>         > por Netflix (no deseable, pero no es para mi lo mas
>>>>>         grave) o el de
>>>>>         > perjudiquemos a nuestro competidor y saquémoslo del mercado.
>>>>>
>>>>>         El verdadero quilombo se armaria si empiezan a cobrar
>>>>>         diferencial por el
>>>>>         porno. :-)
>>>>>
>>>>>         Estimados ISPs, si van a caer en esa, un tip "for free":
>>>>>         hacer paquete +
>>>>>         canal_religioso/oh_pastor, para que el mortal promedio
>>>>>         pueda abonarse, y
>>>>>         rasgarse las vestiduras respecto de la secundaria adquisición.
>>>>>
>>>>>
>>>>>         --
>>>>>         Fernando Gont
>>>>>         e-mail: fernando en gont.com.ar <mailto:fernando en gont.com.ar>
>>>>>         || fgont en si6networks.com <mailto:fgont en si6networks.com>
>>>>>         PGP Fingerprint: 7809 84F5 322E 45C7 F1C9 3945 96EE A9EF
>>>>>         D076 FFF1
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>         _______________________________________________
>>>>>         Lista mailing list
>>>>>         Lista en arnog.com.ar <mailto:Lista en arnog.com.ar>
>>>>>         http://mailmancabase.interdotnet.com.ar/mailman/listinfo/lista
>>>>>         <http://mailmancabase.interdotnet.com.ar/mailman/listinfo/lista>
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>>>>> por el secreto profesional. Si usted ha recibido este e-mail por 
>>>>> error, por favor comuníquenoslo inmediatamente vía e-mail y tenga 
>>>>> la amabilidad de eliminarlo de su sistema; no deberá copiar el 
>>>>> mensaje ni divulgar su contenido a ninguna persona. Muchas 
>>>>> gracias. THIS MESSAGE IS CONFIDENTIAL. It may also contain 
>>>>> information that is privileged or otherwise legally exempt from 
>>>>> disclosure. If you have received it by mistake please let us know 
>>>>> by e-mail immediately and delete it from your system; should also 
>>>>> not copy the message nor disclose its contents to anyone. Many thanks.
>>>>>
>>>>> NSS S.A. – IPLAN | CUIT: 30-70265297-5 | IVA Responsable Inscripto 
>>>>> | Ingr. Brutos: 901-033512-0 Inscripción I.G.J.: 24/02/1999, N° 
>>>>> 2588, libro 4, tomo - Sociedades por Acciones | Sede Social: 
>>>>> Reconquista 865 2° Piso, CABA C1003ABQ
>>>>>
>>>>> Ley 25326 - art.27. - inc. 3. El titular podrá en cualquier 
>>>>> momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos 
>>>>> de datos a los que se refiere el presente artículo.
>>>>>
>>>>> Decreto 1558/01 - art. 27. - 3er. párrafo. En toda comunicación 
>>>>> con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, 
>>>>> correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, 
>>>>> se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad 
>>>>> del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o 
>>>>> parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del 
>>>>> interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario 
>>>>> del banco de datos que proveyó la información.
>>>>>
>>>>> El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el 
>>>>> derecho de acceso a los mismos en forma gratuita y a intervalos no 
>>>>> inferiores a 6 meses, salvo que se acredite un interés legítimo al 
>>>>> efecto conforme lo establecido por el artículo 14, inciso 3 de la 
>>>>> ley 25326.-
>>>>>
>>>>> La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, órgano de 
>>>>> control de la ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las 
>>>>> denuncias y reclamos que se interpongan con relación al 
>>>>> incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
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