[Lista ArNOG] Obligación del ISP a prestar servicio de Correo electrónico.

Luciano Minuchin luciano.minuchin en gmail.com
Mar Mar 12 18:19:19 ART 2019


Lo que plantea Ariel es mas que intersante, ademas es una medida efectiva
de informacion al cliente, despues si el usurario accede o no es otra cosa.

Saludos.
Luciano.



On Tue, Mar 12, 2019 at 2:13 PM Ariel Weher <ariel en weher.net> wrote:

> Tengan en cuenta que si mantienen el servicio de correo electrónico
> in-house se van a ahorrar un montón de dolores de cabeza al momento de
> hacer mails masivos hacia sus propios clientes, como por ejemplo para
> enviar las facturas electrónicas o los avisos de corte de servicio.
>
> Saludos!
>
> On Tue, Mar 12, 2019 at 10:33 AM Dario Fernandez <
> dfernandez en researchsrl.com.ar> wrote:
>
>> En lo que respecta a Normativa / Leyes / Resoluciones, en Argentina se
>> puede buscar la información en http://www.infoleg.gob.ar
>>
>> Respecto de la Ley Nacional de Telecomunicaciones Nº19798 (año 72), el
>> siguiente link se puede consultar, donde está la normativa completa y sus
>> modificaciones.
>> http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=31922
>>
>> Dicho esto y aclarando que mi perfil es mas técnico que legal, por lo que
>> no sabría en que parte esta la obligatoriedad de asignar direcciones de
>> correo a los usuarios de SVA.
>>
>>
>>
>>
>> *Lic. Darío FernándezResearch SRL*
>>
>>
>> *Coord. Técnico IXP Posadas - CABASE(0376) 154619600 (Personal)(0376)
>> 154254938 (Claro) Av. Tomas Guido 4435 - Posadas - Misiones*
>>
>>
>> El mar., 12 de mar. de 2019 a la(s) 07:30, Alejandro Demarchi-CSPM (
>> telecomunicaciones en cspm.com.ar) escribió:
>>
>>> Me sumo a la inquietud, también queremos dejar de dar servicio de correo
>>> electrónico
>>>
>>>
>>>
>>> *Alejandro Demarchi*
>>> Encargado Departamento de Telecomunicaciones
>>>
>>> *ademarchi en coopmorteros.coop <ademarchi en coopmorteros.coop>*
>>>
>>> Urquiza 17  [ 2421 ], Morteros (Cba) - Argentina
>>> Teléfono: 03562 402000
>>>
>>> cel: 03562 15413583
>>>
>>> skype: alejandrodemarchi
>>>
>>> Este correo electrónico y cualquier anexo o respuesta relacionada puede
>>> contener datos e información confidenciales y estar legalmente protegido.
>>> En caso de que lo haya recibido por error, por favor (i) notifique al
>>> remitente inmediatamente mediante un e-mail, (ii) no lea, copie, imprima o
>>> reenvíe este mensaje o cualquier anexo, o divulgue su(s) contenido(s) a
>>> terceros, y (iii) bórrelo inmediatamente de su sistema. Los mensajes
>>> electrónicos no son seguros y, por lo tanto, no nos responsabilizaremos por
>>> cualquier consecuencia relacionada al uso de este mensaje (inclusive daños
>>> causados por cualquier virus). Gracias.
>>>
>>>
>>>
>>> *De:* lista-bounces en arnog.com.ar [mailto:lista-bounces en arnog.com.ar] *En
>>> nombre de *Gustavo Golubenko Coovilros
>>> *Enviado el:* lunes, 11 de marzo de 2019 08:46 a.m.
>>> *Para:* lista en arnog.com.ar
>>> *Asunto:* [Lista ArNOG] Obligación del ISP a prestar servicio de Correo
>>> electrónico.
>>>
>>>
>>>
>>> Estimados:
>>>
>>>
>>>
>>> Si no recuerdo mal, dentro de la normativa vigente hay una artículo que
>>> obliga a los licenciatarios de Servicio de Valor Agregado (puntualmente
>>> Internet) a proveer a nuestros usuarios una casilla "Correo Electrónico"
>>> por el cual luego podríamos cursar cualquier tipo de información hacia los
>>> clientes.
>>>
>>> Ante la diferencia en el servicio que hoy prestan las compañias como
>>> Google, Microsoft sobre sus plataformas integradas de correo y Cloud, mis
>>> directivos me pidieron analizar si es factible dejar de prestar el servicio
>>> de Correo Electrónico, de manera de quitar gestión al soporte técnico y
>>> evitar reclamos por olvido de contraseña, etc.. escudándose en que un
>>> servicio de correo que no cuenta con prestaciones similares y gratuitas
>>> como gmail, outlook, etc y que además, la mayoría de las veces, no es usado
>>> por nuestros clientes no debería ser prestado por la empresa invirtiendo
>>> dinero en mantener algo que no compite en calidad ni prestaciones con
>>> servicios gratis de la nube.
>>>
>>> Por esta razón, quería buscar dentro de la normativa vigente, y ahí
>>> recurro a Uds. para saber dónde estaba este artículo que a mi entender nos
>>> obliga a prestar este servicio antes de comenzar con un proceso de aviso
>>> anticipado de aviso de baja.
>>>
>>>
>>>
>>> Desde ya muchas gracias.
>>>
>>> --
>>>
>>> Gustavo Jorge Golubenko
>>> Resp. Area Tecnológica, Internet & Comunicaciones
>>> Tel: 03573-453000 int 111
>>> Cel: 3573-495341
>>> Coop. Serv. Púb y Soc. Villa del Rosario
>>> COOVILROS
>>>
>>> *P* *Por Favor considere el medio ambiente y no imprima este mail a no
>>> ser que sea absolutamente necesario. Coovilros Ltda. apoya el cuidado del
>>> medio ambiente.*
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