[Lista ArNOG] Obligación del ISP a prestar servicio de Correo electrónico.

Fernando Gont fernando en gont.com.ar
Mar Mar 12 06:32:45 ART 2019


Respuesta corta:

En principio, si uno asume que el servidor de correo provisto por el ISP
se encuentra en el datacenter del ISP, existen implicancias
considerables en materia de seguridad y privacidad:

En el caso de Google (y otros) lo usual es que el mail se almacene en
servidores que *no*  se encuentran en el pais. Lo cual implica que:

* Los mails son almacenados en un lugar en donde probablemente aplica
legislacion diferente a la del ISP, con posible acceso por parte de
empresas y gobiernos correspondientes.

* Por estar los servers en otro lado, en muchos casos el trafico de mail
va a circular por otras latitudes.


DEsonozco la normativa vigente al respecto. LO que si te puedo decir es
que hay un tradeoff al usar servidores de mail provistos por terceras
partes, tales como google, ms, y cualquier otro.

Fernando






On 11/3/19 08:45, Gustavo Golubenko Coovilros wrote:
> Estimados:
> 
> Si no recuerdo mal, dentro de la normativa vigente hay una artículo que
> obliga a los licenciatarios de Servicio de Valor Agregado (puntualmente
> Internet) a proveer a nuestros usuarios una casilla "Correo Electrónico"
> por el cual luego podríamos cursar cualquier tipo de información hacia
> los clientes. 
> Ante la diferencia en el servicio que hoy prestan las compañias como
> Google, Microsoft sobre sus plataformas integradas de correo y Cloud,
> mis directivos me pidieron analizar si es factible dejar de prestar el
> servicio de Correo Electrónico, de manera de quitar gestión al soporte
> técnico y evitar reclamos por olvido de contraseña, etc.. escudándose en
> que un servicio de correo que no cuenta con prestaciones similares y
> gratuitas como gmail, outlook, etc y que además, la mayoría de las
> veces, no es usado por nuestros clientes no debería ser prestado por la
> empresa invirtiendo dinero en mantener algo que no compite en calidad ni
> prestaciones con servicios gratis de la nube.
> Por esta razón, quería buscar dentro de la normativa vigente, y ahí
> recurro a Uds. para saber dónde estaba este artículo que a mi entender
> nos obliga a prestar este servicio antes de comenzar con un proceso de
> aviso anticipado de aviso de baja. 
> 
> Desde ya muchas gracias.
> -- 
> Gustavo Jorge Golubenko
> Resp. Area Tecnológica, Internet & Comunicaciones
> Tel: 03573-453000 int 111
> Cel: 3573-495341
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Fernando Gont
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